Por hacer un donativo o ser socio de una Fundación, la Ley 49/2002, 23 diciembre (de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo) establece determinadas ventajas fiscales:
- Artículo 19: un 25% de desgravación para las personas físicas en el IRPF (Impuesto de la Renta para personas físicas)
- Artículo 20: un 35 % de desgravación para las empresas en el IS (Impuesto de Sociedades)
Todo donante debe identificarse señalando sus datos personales a la Fundación, para su posterior comunicación a Hacienda y poder emitir el certificado correspondiente por parte de Dasyc.
![beneficios_fiscales_renting_articulo_landscape[1]](http://www.fundaciondasyc.org/cms/wp-content/uploads/2011/04/beneficios_fiscales_renting_articulo_landscape1-e1308067653535.jpg)



















